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Edición: 09 de enero de 2009
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Comfia-CCOO critica la falta de rigor de Corbacho al denunciar el abuso de prejubilaciones en la banca

COMFIA-CCOO reclama del Ministerio de Trabajo rigor y precisión a la hora de abrir debates socialmente necesarios sobre prejubilaciones y jubilaciones anticipadas.

26-08-2008 - Conviene precisar que se ha dado en llamar prejubilaciones, no es en ningún caso una figura reglamentada en nuestro ordenamiento laboral y en consecuencia no se puede establecer que las prejubilaciones son el sinónimo de las jubilaciones anticipadas.

Las prejubilaciones vienen determinadas por acuerdos colectivos o individuales, consecuencia de los cuales las empresas, en este caso las entidades financieras, asumen, con cargo a sus reservas y beneficios, todos los costes laborales del trabajador como si este continuase en activo (salarios, cotizaciones a la seguridad social etc…), en consecuencia no representan ninguna carga para ni para el estado ni para la seguridad social.

Las prejubilaciones en el sector financiero han venido determinadas por procesos de reestructuración, fusiones, cese o limitación de la actividad y han sido en la práctica la sustitución de los conocidos expedientes de regulación de empleo, tan utilizados en otros sectores, con pérdidas y sin ellas.

En consecuencia, podríamos decir sin faltar a la verdad que situaciones y procesos empresariales que en otros sectores han acarreado importantes gastos al desempleo y a la seguridad social en el sector financiero no se han producido, con el consiguiente ahorro social.

Las jubilaciones anticipadas que se producen en el sector financiero son similares a las que se producen en cualquier otro sector, esto es, pueden acceder a ellas los trabajadores que reúnen los requisitos exigidos por la ley. Y tienen, como la propia ley establece, unas importantes penalizaciones en la cuantía de la pensión, recortes que llegan a alcanzar el 40%

No tiene mucho sentido insistir, por ser aceptado por todos, la utilidad social que tienen las jubilaciones parciales con contrato de relevo, esto es, la salida y la entrada simultanea de trabajadores mas jóvenes, con contratos fijos y a jornada completa como es habitual en el sector financiero.

Los trabajadores del sector financiero que se prejubilan o acceden a la jubilación anticipada, lo hace después de una dilatada vida laboral y la inmensa mayoría de los casos cotizando en bases máximas. Por lo que, en ningún caso puede hablarse tampoco de una falta de correspondencia entre lo aportado y lo recibido.

Si estas iniciativas se pueden llevar a cabo en el sector financiero, también lo es en buena medida porque las pensiones publicas son complementados por los planes de pensiones que los trabajadores tenemos consecuencia de la negociación colectiva.

Nos sorprende la falta de rigor con que desde el Ministerio de Trabajo se abordan los asuntos descritos, para desde un totun-revolutum trasladar a la opinión publica una imagen de los trabajadores de banca que en ningún caso se corresponde con la realidad. Se abre así un debate en falso sobre asuntos socialmente sensibles y donde la demagogia esta contraindicada.

Comfia-CCOO


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