El Magistrado declara nulo el cese como director de una Oficina y posterior traslado a otra como administrativo de nuestro compañero de Comfia y del Comité de Empresa y condena a la Caja a reintegrarlo a su anterior puesto de director y a indemnizarlo con 6.000 euros por lo daños morales ocasionados.
10-09-2008 - El pasado 28 de julio el Magistrado del Juzgado de los Social nº 1 de Granada ha dictado sentencia sobre la demanda interpuesta por nuestro compañero de Comfia y del Comité de Empresa contra la Caja Rural de Granada con motivo de su cese como director de una Oficina y posterior traslado a otra como administrativo.
Sobre la sentencia favorable de nuestro compañero Jesús Rey no han quedado dudas. Ha quedado palpablemente demostrado que su injustificado traslado y pérdida económica y profesional eran solo un artificio para atentar contra un derecho fundamental recogido en la Constitución, el de libertad sindical y por tanto el derecho de actuar y criticar con libertad cualquier asunto que directa o indirectamente pueda afectar a los trabajadores.
Así y todo, no se debía haber llegado a esta solución judicial. No creemos que sea esta la vía que rija las relaciones laborales de una empresa, máxime cuando nuestra Caja tiene una larga tradición de diálogo y entendimiento y, menos aún, en la complicada coyuntura que estamos atravesando
Ahora más que nunca, es necesario mantener la cohesión de todo el colectivo, apostando decididamente por encontrar situaciones de encuentro y de acuerdo, y evitando todo conflicto que no sea estrictamente necesario, bien porque puedan solucionarse o porque no afecten a cuestiones esenciales para el buen funcionamiento de la Caja.
Por eso desde nuestra sección redoblamos esfuerzos por evitar un conflicto que, dado lo que se estaba poniendo en cuestión, no podíamos, ni debíamos dejar pasar. Así promovimos reuniones, contactos y posibilidades de entendimiento de todo tipo y a todos los niveles: con nuestro compañero Jesús y la Dirección General, con la dirección de RR.HH., con Dirección General, con la propia Presidencia de la Caja, a través de la sección sindical, del Comité de Empresa e, incluso, apelamos a dirigentes nacionales de este sindicato para que siguieran con las negociaciones por si la cuestión estaba en nuestra actitud o poca capacidad de acuerdo. Asimismo paralizamos y evitamos respuestas más contundentes y habituales en estos casos, apelando a la solidaridad de otros sectores y otros compañeros. E incluso se retrasaron comunicaciones hasta prácticamente el día previo al juicio. Todo ello persiguiendo un acuerdo que era posible y que debía evitar llegar a los tribunales.
Finalmente hubo juicio; y tras él, un resultado contundente: reincorporación a su puesto de trabajo anterior, indemnización económica, y hecho probado de vulneración del derecho de libertad sindical.
Aunque la sentencia ha sido recurrida en suplicación, no podemos sino congratularnos de su resultado y desde aquí dar las gracias a todos los que nos han felicitado y de alguna forma han apoyado a nuestro compañero.
Esta sentencia judicial tan favorable a nuestro compañero y que nos da la razón a lo que expresamos en nuestro anterior comunicado, podría hacernos extremar nuestros posicionamientos, pero no vamos a ir por ahí. Estamos en el convencimiento de que debemos seguir intentando crear lugares de entendimiento y diálogo.
Comfia-CCOO
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