Tres nuevas sentencias dadas a conocer por Comisiones Obreras obligan a El Corte Inglés a facilitar un horario a facilitar a sus empleadas un horario que les permita conciliar la vida laboral y familiar.
13-02-2009 - Estas nuevas disposiciones se unen a otras previas que protegen a las trabajadoras de grandes almacenes para facilitar el cuidado de los hijos a su cargo.
La última de las sentencias corresponde al caso de trabajadora de estos grandes almacenes a la que la que la empresa reconoció su derecho a no trabajar ningún domingo o festivo y a librar un sábado de cada dos para atender al cuidado de sus hijos menores de ocho años mediante un acuerdo de conciliación celebrado ante el Juzgado de lo Social número 20 de Madrid.
Esta sentencia sigue a la ganada el pasado mes de junio por otra empleada que reconoció su derecho a no trabajar los domingos desde junio de 2008 para cuidar de su hijo y, más una tercera que permitió a la trabajadora demandante poder librar un sábado de cada dos para atender el cuidado de sus mayores, ganada en septiembre de 2008.
Las demandantes que han ganado su caso ante los tribunales pertenecen al centro que El Corte Inglés posee en Preciados-Callao en Madrid, a cuya jefatura de personal acusa Comisiones Obreras, sindicato que les ha prestado la asistencia jurídica, de "persistir en negar el reconocimiento de los derechos que las leyes fijan para conciliar la vida familiar y laboral e ignorar las sentencias producidas en los dos casos citados precedentes", señala la organización sindical en un comunicado.
Plan de Igualdad
Este mismo sindicato manifestó en mayo del año pasado que sería "muy exigente" en el cumplimiento del primer Plan de Igualdad que firmaron estos grandes almacenes en mayo del año pasado, y cuyo texto contó con el apoyo de este sindicato, UGT, Fesca y Fetico para beneficiar a una plantilla de más de 67.000 trabajadores, de los que un 62% son mujeres.
La conciliación, prioritaria para la justicia
Las grandes compañías distribuidoras españolas ya han sufrido varapalos judiciales previos ante demandas planteadas por sindicatos en materia de conciliación e igualdad. Así, el Supremo desestimó en noviembre un recurso formulado por la patronal de las grandes superficies (Anged) que pretendía variar o prolongar el horario de los trabajadores con reducción de jornada por cuidado de menores en períodos de rebajas, balances e inventarios. La sentencia daba la razón a las organizaciones sindicales antes mencionadas que defendían el derecho de los empleados con jornada reducida por guarda legal y cuidado de familiares a no experimentar variaciones en su horario ni prolongación de su jornada laboral.
Marga Castillo
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