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Las licencias publicas permiten el uso, el
estudio en profundidad, la copia, distribución y mejora del producto,
incluso realizar una obra derivada, sin necesidad de tener que pagar,
pero imponen genéricamente dos restricciones: a) la obligación de respetar la autorÃa, es decir citar el origen de la obra y su creador, b) difundir la obra derivada con una licencia que ampare idénticas libertades y restricciones.
En
realidad las licencias publicas nacieron con la idea de proteger al
producto en el dominio público evitando que un tercero introduzca una
pequeña modificación y se lo pudiera apropiar para explotarlo
comercialmente y garantizar también que pueda ser compartido, estudiado
y mejorado.
En este caso El Tribunal ha admitido la validez de estas licencias,
amparando a DecoderPro frente a Matthew Katzer e Industrias Kamind,
evitando que estos últimos se apoderasen del software inicial.
La Corte de Apelaciones del Circuito Federal de E.E.U.U.(CAFC) acaba de
dictar -13 de agosto de 2008- una sentencia que reconoce el valor de
las licencias públicas del software libre.
Lo importante de esta sentencia es que reconoce expresamente el valor
de las licencias que protegen el software libre, para evitar que
alguien pueda convertir el código abierto en software propietario, sin
tener en cuenta al creador,y por tanto, propietario del derecho sobre
su obra.
En unos momentos en que los lobbies de la industria audiovisual -por su
incapacidad de adaptarse a la nueva cultura tecnológica- pretenden
eliminar hasta el software libre, esta sentencia es un paso importante
hacia el reconocimiento del movimiento por las licencias públicas y
hacia unas nuevas formas de crear, compartir y comunicarse que son una
realidad(aunque para algunos aún desconocida e incluso molesta) ya
asentada en la cultura del siglo XXI.
Robert Jacobsen dirige un grupo de software libre llamado JMRI (Java
Model Railroad Interface). El software creado por este grupo
-DecoderPro- va dirigido a programar los chips decodificadores que
controlan las maquetas de trenes eléctricos de los aficionados al
modelismo ferroviario.
Matthew Katzer y Kamind Associates ( bajo el nombre de Industrias KAM )
ofrecen un software privativo competidor de DecoderPro basado en el
JMRI ya que tomaron partes del código abierto ofrecido por Jacobsen y
su grupo y lo incluyeron en su software propio ( Decoder Commander) que
distribuyen de forma comercial.
Curiosamente la demanda comenzó a la inversa, con Katzer denunciando a
Jacobsen por violar una patente que habÃa registrado el primero bajo el
tÃtulo: "Sistema de control de un tren eléctrico de modelismo"
Jacobsen respondió a la misma denunciando que era Katzer el que
realmente habÃa violado los términos de una licencia pública relativa
al JMRI que ostentaban él y su grupo. El problema era que las
condiciones de la licencia de software libre original de Jacobsen no se
respetaron.
Como reza la sentencia:
"Los archivos de software del Decoder Commander que usaban archivos de
definición de DecoderPro no cumplÃan con los términos de la Licencia
ArtÃstica. En concreto, el software Decoder Commander no incluÃa (1)
los nombres de los autores, (2) los mensajes de copyright de JMRI, (3)
las referencias al archivo COPYING ,(4) una identificación de
SourceForge o JMRI como la fuente original de los archivos de
definición, y (5) una descripción de cómo los archivos o el código de
ordenador habÃan sido cambiados en relación al código original. El
software de Decoder Commander también cambió varios de los nombres de
los archivos sin proporcionar una referencia a los ficheros JMRI
originales o dónde encontrar la Versión Estándar 1"
Por tanto, Jacobsen usó como argumento de su demanda inicial el que,
por tratarse de asuntos de copyright, se habÃa producido un "daño
irreparable" al violar los términos del contrato que supone la Licencia
ArtÃstica, instando a la Corte de Distrito a emprender acciones legales
contra el demandado.
La Corte de Distrito valoró los requerimientos para que el caso pudiera
ser tratado por el Noveno Circuito y entre ellos destaca que, en casos
de disputas de copyright, debe presuponerse que efectivamente se haya
producido un "daño irreparable". Sin embargo, y según esta Corte, las
licencias públicas dan unos permisos de utilización tan amplios de
forma intencionada, que no se puede considerar que su incumplimiento
produzca un daño irreparable, y por tanto rechazó la solicitud de abrir
diligencias judiciales contra los demandados.
En su apelación a la CAFC, Jacobsen argumenta que el registro del
derecho de autor crea la presunción de un derecho de autor válido (es
decir, que los autores de una obra son dueños del copyright por el mero
hecho de haber creado esa obra y haberlo declarado)
En efecto, el Tribunal de Apelaciones no comparte la idea de la Corte
de Distrito y recoge un punto importante como es el hecho de que el
concepto de "daño irreparable" no puede basarse sólo en criterios
economicistas de compra-venta de un producto u obra. Según dicta la
sentencia:
"Tradicionalmente, los propietarios de los derechos vendÃan el material
protegido por los mismos a cambio de dinero. Sin embargo, la falta de
un dinero que cambia de manos en las licencias de código abierto (open
source) no deberÃa significar que no hay consideración económica. Hay
beneficios substanciales, incluso económicos, a la creación y
distribución de obras protegidas por derechos de autor bajo licencias
públicas que van más allá de los royalties de las licencias
tradicionales. Por ejemplo, los creadores de programas pueden generar
cuotas de mercado debidas a sus programas al proporcionar ciertos
componentes libres de cargo. De forma similar, un programador o una
compañÃa pueden incrementar su reputación nacional o internacional al
desarrollar proyectos de código abierto (open source) Las mejoras a un
producto pueden llegar rápidamente y libres de cargo por parte de un
experto al que ni siquiera conozca el propietario de la licencia. El
Circuito Decimoprimero ha reconocido motivos económicos inherentes a
las licencias públicas, incluso en casos que el beneficio no es
inmediato. Ver Planetary Motion Inc. contra Techsplosion Inc. ..."
Pero quizás el párrafo más interesante de la sentencia sea el siguiente:
"El lenguaje claro de la Licencia ArtÃstica crea condiciones para
proteger los derechos económicos al conceder una licencia pública.
Estas condiciones gobiernan los derechos a modificar y distribuir los
programas y ficheros de ordenador incluÃdos en el paquete de software
descargable. Los requisitos de transparencia y atribución sirven
directamente para dirigir tráfico a la página de desarrollo del código
abierto y para informar sobre el proyecto a los usuarios que lo
descargan, lo cual es un objetivo económico significativo del
propietario de los derechos que la ley hará cumplir. Via esta
diseminación controlada de la información, el propietario de los
derechos consigue colaboradores creativos para el proyecto de código
abierto; al requerir que las modificaciones hechas por los usuarios que
lo descargan sean visibles al propietario de los derechos y a otros, el
propietario de los derechos aprende de los usos de su software y
adquiere conocimiento de otros que puede ser usado para avanzar hacia
versiones futuras del software."
Es decir, la sentencia viene a reconocer que aunque no haya "dinero que
cambia de manos" las licencias públicas son tan válidas como las
licencias comerciales tradicionales, ya que el conocimiento también
genera valor económico, aunque éste no sea inmediato ni fácil de
cuantificar.
De hecho la sentencia termina señalando que "las partes reconocieron
verbalmente que podrÃa no haber forma de calcular daños monetarios bajo
la teorÃa contractual".
Por tanto, el Tribunal de Apelaciones declara nulo el juicio anterior
(que no veÃa motivos razonables de incumplimiento de derechos de autor)
y devuelve el caso a la Corte de Distrito para continuar los
procedimientos consistentes con esta opinión.
Fuentes:
Sentencia completa
Todos los detalles del caso
| Cristino
Martos, 4 28015 Madrid |
Tel 91 540
92 82 Fax 91 548 28 10 |
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