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El Gobierno explica que el incremento salarial previsto en los Presupuestos Generales del Estado (PGE) es del 2%, más otro 1% como consecuencia de incorporar el complemento especÃfico a las pagas extraordinarias en términos de masa salarial, lo que supone un aumento superior al 3%.
Sin embargo, recuerda que el IPC del pasado mes de agosto se situó en del 4,9%, lo que conllevarÃa un aumento salarial de los funcionaros de más de 1,5 puntos por encima del 3% comprometido, lo que supondrÃa un aumento del gasto de más de 300 millones de euros.
El Ejecutivo recuerda que en los PGE para 2008 se destinan 17.939 millones para ministerios y otros organismos públicos, además de 2.390 millones a la Seguridad Social, lo que supone un total de 20.329 millones.
La introducción de una cláusula de revisión salarial sobre dichos presupuestos supondrÃa que por cada punto de inflación que los superase tendrÃa un coste aproximado de 203 millones de euros (179 corresponderÃan al Estado y 24 a la Seguridad Social).
AsÃ, el Gobierno ha mostrado su disconformidad respecto de la tramitación de una proposición de Ley del Grupo Mixto referida a la determinación de las cuantÃas y de los incrementos retributivos de los funcionarios y del personal laboral. El Gobierno se acoge al precepto constitucional que le permite vetar la tramitación de propuestas que supongan disminución de los ingresos presupuestarios o aumento del gasto público.
La norma señala que las subidas deberán reflejarse para cada ejercicio presupuestario en la Ley de Presupuestos Generales del Estado (PGE) y no podrán acordarse aumentos que supongan un aumento de la masa salarial superior a los lÃmites que fije dicha ley para el personal.
El Gobierno propone que las cuantÃas destinadas a retribuciones básicas y al aumento de cuantÃas globales para funcionarios y personal laboral serán revalorizadas al comienzo de cada año en función del correspondiente IPC previsto para ese año.
Si el IPC acumulado correspondiente al periodo comprendido entre diciembre del ejercicio anterior y el mismo mes del ejercicio económico al que se refiere la subida salarial fuese superior al previsto (y en función del cual se calculó dicho incremento) se procederá a la correspondiente actualización.
A los empleados públicos cuyos salarios hubiesen subido en el ejercicio anterior se les abonará la diferencia en un pago único, dentro del primer semestre del ejercicio posterior.
También establece que todos los elementos que componen el salario bruto (incluidas las cuantÃas por productividad, gratificaciones e incentivos) serán públicos.
AsÃ, las retribuciones básicas de los funcionarios y el aumento de la masa salarial del personal laboral se revalorizarÃa al comienzo de cada año en función del IPC previsto, sin perjuicio de que pudieran negociarse condiciones más beneficiosas en la negociación colectiva.
Además, habrÃa una cláusula de compensación por la desviación del IPC real respecto al previsto, similar a la establecida para las pensiones públicas.
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